Si su giro está en el artículo 17, esto es lo que le toca hacer.
Inmobiliarias, notarios, joyerías, casinos, agencias automotrices y otros veinte giros tienen obligaciones antilavado ante el SAT y la UIF, aunque nada tengan que ver con un banco. Este es el orden en que conviene avanzar, y puede quedarse en el escalón que cubra su necesidad.